jueves, 6 de mayo de 2010

EMBARQUE
El Conocimiento de embarque es el recibo que prueba el embarque de la mercancía. Sin este título no se puede retirar la mercancía en el lugar de destino. De acuerdo al medio de transporte toma el nombre específico (Conocimiento de embarque marítimo o conocimiento de embarque aéreo guía aérea, si es por vía aérea)".
El ‘conocimiento de embarque’ es el documento por medio del cual se instrumenta el contrato de transporte de mercaderías por agua. Es el equivalente a la ‘carta de porte’ en el transporte aéreo o terrestre.
El ‘conocimiento’ debe ser entregado por el transportador, capitán o agente marítimo, al cargador, contra la devolución de los recibos provisionales.
EVOLUCIÓN DEL CONOCIMIENTO DE EMBARQUE
La evolución tecnológica que afecta aquellas prácticas, y en particular los distintos mecanismos de elaboración de los contratos de transporte, financiero y de compraventa de mercaderías a distancia, sumados a la transformación que se observa en el transporte y comercialización, motivan la aparición de nuevos documentos y de una mecánica innovadora en su emisión, a requerimiento de las partes, importadores y exportadores del comercio exterior.
Es así que la aparición de una nueva documentación para el transporte de mercaderías por agua y la difusión de los llamados "sea way bills", se inscribe en las llamadas 'nuevas tendencias" del Derecho de la Navegación.
En este caso, innovación en la forma de documentar el embarque y la propiedad de la carga transportada por vía marítima. Si en apretada síntesis se repasa sobre la evolución de la documentación señalada, se advierte que, culminando un proceso histórico en pos de lograr seguridad instrumental en la certificación de los embarques en los buques y en la del contrato de transporte, aparece el conocimiento de embarque, documento que, a poco andar, en el siglo pasado sobrepasa su primitiva y sencilla redacción, propia de un simple 'recibo", para terminar siendo considerado como un verdadero "título valor", representativo de las mercaderías en él consignadas y, por lo tanto, útil y reconocido para su circulación jurídica y la comercialización de las mismas.
Esa historia conocida, fue consolidando y afirmando en sus funciones al "conocimiento de embarque", aportando la seguridad jurídica que las partes originarias (transportador-cargador) y otros sujetos al contrato de transporte de mercaderías por agua (consignatario, comprador de la mercadería, bancos, etc.) requieren.
El "conocimiento de embarque", bien definido como aquel documento mediante el cual y sin perjuicio de sus restantes funciones se acredita el contrato de transporte de mercaderías por agua, nació en efecto, históricamente, como un simple recibo de perfilando en los usos y leyes marítimas una gama de crecientes e importantes funciones
lo que se "embarcaba" a bordo y prueba de un depósito consiguiente, fue perfilando en los usos y leyes marítimas una gama de crecientes e importantes funciones.

miércoles, 5 de mayo de 2010

lunes, 3 de mayo de 2010

EMBALAJE


¿Qué se entiende por "envases y embalajes"?

Se entiende por "envase", el recipiente de cualquier material y de diversas formas concebido para contener mercaderías para su empleo a partir del mismo y destinado a individualizar, dosificar, conservar, presentar y describir unitariamente la mercadería que contiene. Respecto al "embalaje", se entiende como cualquier medio material destinado a proteger una mercadería para su expedición (manipuleo, carga y descarga, etc.) y/o su conservación en depósitos o almacenes.

La Real Academia en su diccionario lo define como "caja o cubierta con la que se resguardan los objetos que han de transportarse a puntos distantes".
La expresión "embalaje de exportación" corresponde cuando la mercadería se envía a un país extranjero. Cuando el embalaje esta concebido para determinado medio de transporte, se indica, por ejemplo, "embalaje de exportación por vía aérea".
Él término "embalaje" tiene dos significados. Por un lado es la acción de embalar los objetos, es decir colocar la mercadería dentro de determinado recipiente y, por el otro es la caja o cubierta, es decir el continente destinado a brindar protección muy severa con el objeto de afrontar un conjunto de riesgos.
¿Cuál es la función del envase?

El envase, también denominado "embalaje de venta" o "empaque", es solidario con el producto y se corresponde con la presentación comercial de la mercadería. Concebido adecuadamente, tiene la función de:
• Contener
• Proteger
• Identificar el contenido
• Facilitar el manipuleo

Existe una relación íntima entre el contenido (producto), el continente (envase) y su fuerza de comunicación con el comprador. Existe un valor de uso del envase representado por su aptitud de conservación, facilidades en el uso, materiales, etc.
La comunicación del envase con el comprador responde a determinada promesa de calidad - satisfacción.
El envase y su forma de presentación están unidos al producto desde que se adquiere hasta que se utiliza, le confiere su imagen visual y es un factor muy importante de distinción de la competencia.
La elección de envase para productos a ser exportados a determinado mercado, debe responder a:
• Las indicaciones del comprador,
• El comportamiento de compra de los clientes
• Él o los envases utilizados por la competencia.

Generalmente los países de destino tienen en vigencia reglamentaciones estrictas respecto a los envases y embalajes (normas internacionales ISO, Codex Alimentarius, etc., o medidas o reglamentos de salud, seguridad, protección al ambiente, protección al consumidor, etc.), y etiquetado y rótulos de determinados productos, particularmente alimentos frescos y envasados, bebidas, especialidades medicinales, etc.
¿Cómo protegemos al producto?

Debemos informarnos sobre los requisitos vigentes en el mercado de destino con respecto al embalaje.
En general existen dos clases de continentes:
• Los destinados a la expedición
• El envase del producto, que en muchos casos se utiliza para la posterior distribución del producto a ser expuesto y que, además, facilita información sobre los productos de consumo.

En los embalajes de expedición se debe considerar:
• El medio de transporte
• Requisitos de protección
• Formas de manipulación
• Condiciones de almacenaje
• Requisitos para su comercialización

En el caso de envases de productos industriales, el exportador de productos de consumo o industriales debe informarse sobre:
• Condiciones de almacenaje
• Requisitos de identificación
• Forma en que la mercadería se saca del envase
• Requisitos para su re-utilización

En los envases destinados al consumidor:
• Requisitos de protección
• Requisitos de información (etiquetas, idioma, etc.)
• Requisitos de comercialización (tamaño, colores, símbolos, etc.)
• Utilización.
• Requisitos legales.

Un embalaje deficiente puede tener las siguientes consecuencias:
• Manipulación y transporte costosos
• Entrega en malas condiciones
• Dificultad en su almacenaje
• Dificultad en la distribución
• Reclamos de los compradores (perdida de ventas)
• Reclamos a las compañías de seguros

miércoles, 24 de marzo de 2010